Régimen de Buenos Contribuyentes

¿Cómo se incorpora un contribuyente al Régimen?

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Los contribuyentes y/o responsables que cumplan con los requisitos establecidos por el artículo 3° del DS 105-2003-EF, serán incorporados en las oportunidades que SUNAT establezca.

*Al notificarse la incorporación la SUNAT señalará la fecha de ingreso al régimen. Dicha incorporación tendrá vigencia indeterminada, salvo que incurra en alguna causal de exclusión.
Algunos de estos beneficios son:
  • Poder declarar y pagar sus obligaciones mensuales de acuerdo a un cronograma especial, a partir del periodo tributario cuyo vencimiento se produzca en el mes de ingreso al Régimen.
  • Atención preferente en la tramitación y acceso sin garantías al fraccionamiento y/o aplazamiento de la deuda, independientemente del monto de la deuda que se acoja, siempre que cumpla con los demás requisitos establecidos en las normas correspondientes.
  • Atención preferente en todos los servicios ofrecidos en los Centros de Servicios al Contribuyente de la dependencia a que pertenece el Buen Contribuyente y en las oficinas de la SUNAT de la jurisdicción a la que corresponde el domicilio fiscal.
  • Consulte  aquí * una lista más detallada de estos beneficios.

¿Qué es el Régimen de Buenos Contribuyentes?

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Régimen creado para los contribuyentes y responsables que cuenten con una adecuada trayectoria de cumplimiento de sus obligaciones tributarias vinculadas a tributos recaudados y/o administrados por SUNAT.  

Base legal: Decreto Legislativo Nº 912 y D.S. Nº 100-2001-EF y normas modificatorias y complementarias.